CÓMO COMPORTARSE ANTE UN PERRO GUÍA

Un perro guía o perro lazarillo es un perro adiestrado para guiar a aquellas personas ciegas o con deficiencia visual grave.
Un perro guía debe tener capacidad para percatarse de peligros eventuales para el dueño debido a las barreras arquitectónicas, requiriéndose una capacidad bastante alta cuanto inteligencia y nivel de entrenamiento avanzado.
Pese a que en Junio de este año fue promulgada la Ley Nacional de Perros Guía y de Asistencia, aún hay lugares donde las personas no videntes y sus perros guía son discriminados y no tienen  permiso de ingreso.
Es preciso que todas las personas sepan que los perros guía han sido entrenados, por tal motivo, son educados:
  • No agreden a ninguna persona.
  • No muerden.
  • No hacen sus necesidades fisiológicas dentro de lugares públicos o de transporte.            Tienen horario específico para ello.
  • No transmiten enfermedades 

 Muchas personas no saben como comportarse ante un animal de éstas características, por eso, aquí les nombramos algunas de las cosas a tener en cuenta: 
  • Preguntarle a la persona no vidente si necesita ayuda.
  • No tomarla del brazo.
  • No tocar al perro.
  • No tocar los implementos de entrenamiento del perro como: el arnés y la correa.
  • Permitir que el perro haga su trabajo.
  • Indicarles simplemente direcciones definidas (izquierda, derecha) a donde dirigirse.
  • No ofrecer al perro guía alimentos o cualquier tipo de objetos como pelotas.
  • No  darles de comer ni llamarlos cuando están trabajando. Los silbidos lo distraen.
  • Antes de saludar al perro, preguntar primero a su dueño.
  • No dejes tu mascota cerca del lazarillo.
  • Para dar una indicación al dueño, no tires de la correa ni lo agarres del arnés. 
  • Si vas conduciendo y ves que intenta cruzar, mantené una distancia prudente para no asustarlo.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nacional de Perros Guías y de Asistencia, que permite que toda persona ciega o con disminución visual que esté acompañada de su mascota entrenada pueda ingresar a espacios públicos y privados, y servicios de transporte.
El decreto publicado en el Boletín Oficial está firmado por la presidenta Cristina Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y el ministro de Interior, Florencio Randazzo.
La Ley 26.858 fue sancionada el 22 de mayo por el Congreso de la Nación y la promulgación está fechada el 10 de junio de 2013.
La norma establece que el ejercicio del derecho de acceso, deambulación y permanencia consiste en la "constante presencia" del perro guía o de asistencia "acompañando a la persona con discapacidad".
En ese sentido, determina que el acceso y permanencia del perro guía o de asistencia a los lugares mencionados por la ley no debe ocasionar para su usuario ningún gasto adicional. Además el perro deberá estar sujeto por una correa o arnés con agarradera de metal u otro elemento de función similar, y manifiesta que no será obligatorio el uso del bozal. 



Recuerda que soy los ojos de una persona. No impidas mi paso a los establecimientos ni transportes. La ley me ampara.

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